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Va INE contra promoción anticipada de aspirantes a Poder Judicial

Consejeros del INE aprobaron que en catálogo de infracciones del proceso electoral del PJ se prohíba la promoción anticipada de aspirantes.

Consejeros del INE en sesión este jueves. Crédito: Tomada de X
Agencia Reforma
ZOCALO | MONCLOVA
01-17-2025
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Ciudad de México.– Consejeros del INE aprobaron incluir la prohibición de promoción anticipada para los aspirantes a candidaturas del Poder Judicial o juzgadores en funciones con pase automático a la boleta.

Con esto, se podría frenar el proselitismo anticipado que realizan actualmente tres Ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como magistrados y jueces que buscan reelegirse en el cargo.

Durante la discusión del catálogo de infracciones para el proceso judicial, el consejero Arturo Castillo advirtió que éste dejaba fuera a “potenciales infractores”, como son los aspirantes que están siendo evaluados por los Comités del Poder Ejecutivo, Judicial y Legislativo y los juzgadores en funciones que, en automático, aparecerán en la boleta.

Por ejemplo, expuso, se prohibe “la realización de actos de campaña antes del periodo establecido por la ley para tal efecto”, esto sería, aclaró, entre el 12 de febrero y el 30 de marzo que inician las campañas.

Pero (esto) ya no aplicaría al periodo de selección de esas candidaturas que empezó desde el año pasado, y por ende, pondría en riesgo la equidad entre los aspirantes a estas candidaturas. Sería importante incluir como sujetos de posible infracción a los aspirantes a alguna candidatura. ¿Esto por qué? Porque así haríamos efectiva la prohibición de realizar precampañas”, indicó.

La consejera Claudia Zavala lo respaldó y pidió modificar el documento para que quede claro que por “aspirantes” se refieren a los juzgadores en funciones -como ministros, magistrados o jueces- que pasaron automáticamente porque manifestaron su voluntad de ser inscritos en la boleta.

REFORMA ha evidenciado como las Ministras Lenia Batres y Loretta Ortiz, así como jueces y magistrados, que son candidatos de facto, arrancaron desde hace semanas un activismo inusual para promover su aspiración, e incluso, ciudadanos presentaron denuncias ante el INE por actos anticipados de campaña.

Así, tanto los aspirantes como los candidatos tendrán prohibido realizar actos anticipados de campaña, contratación de espacios en medios electrónicos, encuestas o incluso en medios “físicos, impresos o digitales” para promoverse.

Difusión de propaganda electoral que contenga expresiones que constituyan calumnia o que vulnere el interés superior de la niñez, que no esté en materiales impresos, reciclados o dañe el ambiente; realizar proselitismo de cualquier tipo en el territorio extranjero, de manera personal o por terceros; y cometer actos de violencia política de género.

La entrega de cualquier tipo de material en el que se oferte o entregue algún beneficio directo, indirecto, mediato o inmediato, en especie o efectivo, a través de cualquier sistema que implique la entrega de un bien o servicio, ya sea por sí o interpósita persona”, agrega el catálogo.

El documento, con las modificaciones, fue aprobado los tres integrantes de la Comisión, pero será discutido por el Consejo General la próxima semana.

Piden más candados al Gobierno

El lunes pasado, por mayoría, el Consejo General del INE aprobó la propaganda gubernamental durante las campañas, con el argumento de que no era un proceso en el que participen los partidos políticos.

Sin embargo, la consejera Claudia Zavala insistió en que debería prohibirse porque así está en la Constitución, y debe aplicarse en cualquier elección.

Lo vuelvo a repetir aquí: en nuestra Constitución hay sistemas y operan para todos los procesos electorales. Si nosotros tenemos que las reglas del 134 para servidores públicos aplican para esta elección, el sistema de comunicación política aplica para esta elección, debería de aplicar la misma regla de la propaganda gubernamental para este periodo campañas.

Pido un ejercicio en el que atendemos a las prohibiciones que se encuentran en nuestra Constitución, en la ley, atendemos los vacíos que se pueden encontrar normativos, un gran vacío que tiene que ver con el principio de tipicidad en materia sancionadora, que debería de ser un punto fundamental de los legisladores, que se hagan cargo, pero que al no haberse hecho cargo, pero sí dejar establecidas prohibiciones.

Creo que es responsabilidad de este Instituto que nos hagamos cargo de dar claridad sobre qué pueden y qué no pueden hacer quienes se encuentran inmersos en el proceso”, añadió.

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