En sesión del Congreso del Estado de Coahuila, se aprobaron reformas al Código Electoral para el Estado de Coahuila.
Saltillo, Coah.- En sesión del Congreso del Estado de Coahuila, se aprobaron reformas al Código Electoral para el Estado de Coahuila, así como a la Ley de Medios de Impugnación en Materia Político-Electoral y de Participación Ciudadana para el Estado de Coahuila, ambas suscritas por el gobernador, Ing. Manolo Jiménez Salinas, y que dichas adecuaciones están dirigidas a dar cumplimiento a la reforma judicial, aunado a que se fortalece la transparencia y legalidad en los procesos.
De acuerdo con el Dictamen de la Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia, con relación a la reforma al Código Electoral, ésta es un paso significativo hacia el fortalecimiento de las instituciones democráticas locales, la mejora del sistema judicial y la promoción de la participación ciudadana en la elección de las autoridades judiciales. Al establecer un sistema electoral judicial transparente, autónomo e imparcial, se garantiza la legitimidad de los procesos judiciales y se mejora la confianza de la ciudadanía en las instituciones. Además, la reforma respeta el sistema federal y fortalece la independencia de los organismos electorales locales, permitiendo que estos desempeñen su papel de manera más eficiente y profesional.
Por otro lado, el Dictamen de la Comisión de Gobernación, por el cual se reforma la Ley de Medios de Impugnación en Materia Político-Electoral y de Participación Ciudadana para el Estado de Coahuila, concluye que esto es una medida necesaria y adecuada para garantizar la transparencia, imparcialidad y justicia en el proceso de selección de las personas magistradas y juezas.
Al fortalecer la autonomía del Estado, mejorar los mecanismos de impugnación, y proteger los derechos de los aspirantes a cargos judiciales, se está contribuyendo a un sistema electoral y judicial más eficiente, equitativo y confiable. Esta reforma no sólo refuerza el marco legal, sino que también afianza el compromiso con los principios democráticos fundamentales, promoviendo una justicia accesible y efectiva.
Preferencia en elección a juzgadores en funciones
El Congreso del Estado aprobó las reformas al Código Electoral que establecen los requisitos de registro, evaluación y dictamen sobre las personas aspirantes a jueces y magistrados en Coahuila mediante voto popular, con mecanismos que buscan garantizar que aparezcan en las boletas profesionales de reconocida capacidad y experiencia.
Además, “para garantizar el derecho constitucional de las personas magistradas o juzgadoras que ocupan funciones judiciales en el cargo de elección popular a elegir o reelegir, el Poder Judicial del Estado, a través del Pleno del Tribunal Superior de Justicia, deberá incorporar de manera directa a los listados de planillas a las personas que se encuentren en funciones en los cargos judiciales a elegir o reelegir”.
La excepción, será cuando las personas manifiesten declinar su candidatura, renuncien o sean postuladas para un cargo diverso.
Se precisa que las personas magistradas o juzgadoras en funciones, también podrán solicitar de manera directa su incorporación a los listados de las candidaturas que libremente conformen los poderes Ejecutivo y Legislativo y que estos decidan.
Con buena reputación
Entre otros requisitos, deberán acreditar la buena reputación, buena fama y honorabilidad con cartas de respaldo profesional de universidades, instituciones u organizaciones del Estado; carta de no antecedentes penales; constancia de no responsabilidad administrativa expedida por el Tribunal de Justicia Administrativa.
Además, contar con la certificación de perfil judicial idóneo, por parte del Instituto de Especialización Judicial, en los términos que disponga la ley y los demás que determine la convocatoria para demostrar los conocimientos técnicos necesarios para el desempeño del cargo y su competencia y antecedentes profesionales y académicos en el ejercicio de la actividad jurídica.
Los Comités de Evaluación de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, serán competentes para emitir el dictamen de elegibilidad de los requisitos que deberán acreditar las personas aspirantes.
“La persona que no reúna los requisitos legales para el cargo judicial de que se trate, no tendrá derecho a participar en la evaluación y selección de candidatos de los listados de candidaturas que realicen, conforme a este Código, los Comités de Evaluación”.
Las personas aspirantes también deberán presentar un ensayo de tres cuartillas donde justifiquen los motivos de su postulación y cinco cartas de referencia de sus vecinos, colegas o personas que respalden su idoneidad para desempeñar el cargo.
El procedimiento
El Comité de Evaluación que corresponda emitirá el dictamen de idoneidad a fin de que, cada uno de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, presentan ante el Instituto Electoral de Coahuila, el registro de planillas que corresponda a sus candidaturas.
Dentro del proceso, los comités podrán recibir opiniones, pruebas e informaciones presentadas por la ciudadanía, de manera escrita, respecto a cada aspirante, a favor o en contra, a fin de calificar su perfil con la participación social.
La evaluación podrá incluir audiencias, entrevistas, comparecencias, exámenes prácticos y teóricos y cualquier otro método. Durante las campañas, que durarán de 10 a 20 días, los topes de gastos electorales los definirá la Comisión Especial de Elecciones Judiciales; las elecciones serán el primer domingo de junio del próximo año.
En el Libro Octavo “Del proceso para la elección de cargos de personas magistradas o juzgadoras del Poder Judicial del Estado” se regulan en forma especial las elecciones de las personas aspirantes y/o candidatas a los cargos judiciales populares, de conformidad con lo previsto en la Constitución y en la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.
La elección de personas magistradas y juzgadoras del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza, se realizará mediante elección libre y auténtica basada en el sufragio universal, directo, libre y secreto por la ciudadanía el día que se realicen las elecciones judiciales ordinarias del año electoral que corresponda, salvo las elecciones extraordinarias que, conforme a la ley y su convocatoria, se realicen para tal efecto.
En la misma sesión, el Pleno del Congreso aprobó las reformas a la Ley de Medios de Impugnación en Materia Política Electoral y de Participación Ciudadana, en lo relacionado con la elección de personas magistradas y juezas y la protección de los derechos políticos-judiciales.