Se rechaza regreso de saldos a favor, o sólo se hace de manera parcial
Ciudad de México.- Luego de que se cumplieran 40 días hábiles pasada la primera semana de abril, mes en que se presenta la declaración anual de personas físicas, contadores y contribuyentes proporcionan información adicional a la declaración anual al Servicio de Administración Tributaria (SAT), ante devoluciones de saldos a favor rechazadas y parciales.
“Sí hubo a varias personas a las que les devolvieron. Sin embargo, a otras sólo fue una parcialidad, una cantidad a cuenta. Todavía hay bastantes personas a las que no les han devuelto.
En algunos casos el estatus de su devolución es rechazada, entonces les piden más información: estados de cuenta del banco, CFDI, toda una serie de datos, y cuando el contribuyente vuelve a presentar esa documentación, corre nuevamente el plazo de los 40 días hábiles”, explicó Virginia Ríos Hernández, integrante de la Comisión Técnica de Investigación Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM).
A diferencia de años anteriores, la autoridad se tarda más en depositar los saldos a favor, pues es más estricta en la detección de discrepancias, además de que la digitalización y automatización de procesos facilita las verificaciones para que proceda la devolución de un saldo a favor o no, refieren contadores consultados por Expansión.
Cifras del SAT refieren que al cierre del 30 de abril, 6.63 millones de personas solicitaron saldos a favor, de las cuales habían revisado 4.66 millones de declaraciones, lo que representa 70.2% del total.
De acuerdo con la Ley, el fisco tiene 40 días hábiles para realizar este depósito cuando procede de manera automática, es decir, que no hubo errores o discrepancias entre lo informado por el contribuyente y la información en las bases de datos del fisco. Si detecta una discrepancia, por ejemplo, que los gastos sean mayores a los ingresos, o CFDI sin timbrar, la autoridad notifica al contribuyente, quien tiene cinco días hábiles para presentar información complementaria, detalló la especialista del CCPM.
““En la mayoría de los casos dentro de los plazos se ha hecho una notificación vía buzón tributario. Y esa notificación en lo que consiste es en solicitarte información adicional o alguna corrección en la declaración.
Con lo que se está enfrentando la gente, que es algo que no había sucedido o no con tanta frecuencia, es con devoluciones que son negadas o parcialmente negadas por inconsistencias”, comentó Rolando Silva Briceño, vicepresidente fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).
Una de las inconsistencias más recurrentes este año son las relacionadas con la prestación de servicios médicos. La autoridad, a la hora de comprobar esos gastos para deducciones, se ha encontrado con CFDI no timbrados, es decir, que el médico no pagó el impuesto correspondiente por el servicio que le pagaron.
Entonces los contribuyentes tienen que enviar comprobantes de consultas médicas, estados de cuenta, diagnósticos, estudios clínicos, recetas de medicamentos para comprobar que recibieron el servicio y pagaron por este, añadió Ríos Hernández.
Detrás de quienes recibieron saldos parciales, también hay conceptos de las aseguradoras que en vez de poner seguro para el retiro, ponen seguro de vida, por cuestiones técnicas, entonces el SAT sólo considera una parte del pago realizado por el contribuyente.
También se han detectado inconsistencias con lo declarado y lo que tiene el fisco en su base de datos, o pagos que fueron realizados en efectivo, que debieron realizarse con transferencias o tarjetas, refiere la contadora Virginia Ríos.