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Reforma al Poder Judicial: ¿Qué cambia con la publicación en el DOF?

Te contamos cuáles son las modificaciones en el funcionamiento y proceso de selección de jueces y magistrados con la publicación del decreto.

Te contamos cuáles son las modificaciones en el funcionamiento y proceso de selección de jueces y magistrados con la publicación del decreto.
Se aplazarán las elecciones judiciales de 2027 a 2028. | Foto: Archivo (Especial)
Milenio
ZOCALO | MONCLOVA
06-03-2026
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Ciudad de México.- Ayer, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma constitucional en materia del Poder Judicial, con lo que el decreto entra en vigor el día de hoy, 3 de junio.

En MILENIO, te contamos cuáles son las modificaciones en el funcionamiento y proceso de selección de jueces y magistrados con la publicación.

¿Cuáles son los principales cambios con el decreto?

La reforma aplaza la elección judicial al primer domingo de 2028 con el objetivo de que no se empalme con los comicios intermedios de 2027.

También, señala que la revocación de mandato se llevará a cabo el primer domingo de junio del año que corresponda de forma coincidente con las jornadas electorales, federales o locales.

Asimismo, establece que los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral (TEPJF) electos a partir de 2028 pueden mantenerse en el cargo durante cinco años, y a los que están en funciones actualmente les permite participar en un proceso de reelección en dicho año.

Además, dicta que el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se conformará por nueve ministros y ministras, y que su presidencia se renovará cada dos años de manera rotativa; el cargo se asignará en función de quien haya obtenido el mayor número de votos en la elección.

Ante la falta de algún ministro por más de un mes sin licencia, ocupará su lugar una persona ministra del mismo género que haya obtenido el segundo lugar en número de votos para la elección de ese cargo.

De igual forma, reduce el número de candidaturas y se modifica el diseño de las boletas, las cuales tendrán recuadros con nombres completos de los candidatos, diferenciando el Poder que los postuló, la especialidad técnica y si es un candidato que busca la reelección.

Cabe señalar que junto a este decreto también se publicaron en el DOF las reformas para la incorporación de la intervención extranjera como causal para anular elecciones y la creación de un filtro de riesgo para candidaturas.

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