Se prevé que la SCJN discuta el jueves propuesta que desecha amparos de distribuidores de vehículos contra nacionalizar autos chuecos
Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia (SCJN) se perfila para mantener vigentes los decretos con los que Andrés Manuel López Obrador abrió la puerta a la regularización de autos chuecos.
Se tiene previsto que la SCJN discuta este jueves un proyecto que desecha el primero de múltiples amparos interpuestos por distribuidores de autos contra el decreto del entonces Presidente para un programa que se aplica en Nuevo León y otros 15 Estados.
Según las autoridades, entre el 2022 y el 2024 se regularizaron 2 millones 174 mil 403 vehículos.
No se señala qué pasaría con estos vehículos si no se desechan los amparos.
La ministra Yasmín Esquivel propuso declarar que las asociaciones de distribuidores de automóviles carecen de interés legítimo o jurídico para impugnar estos decretos, que iniciaron en el 2022 y que, apenas cuatro días antes de terminar su sexenio, AMLO extendió hasta el 2026.
Estas agrupaciones, tanto estatales como la Asociación Mexicana de Distribuidores de Automotores (AMDA) -que agrupa a más de 2 mil 600 distribuidores de automóviles nuevos-, cuestionaron los decretos al acusar que existe una afectación a la venta de vehículos nuevos y usados, y porque, afirmaron, equivalen a legalizar el delito de contrabando.
El proyecto de Esquivel sólo requiere otros cuatro votos del Pleno para ser aprobado.
En éste se rechaza que las asociaciones tengan derecho a impugnar los decretos que permiten legalizar un vehículo con un pago de 2 mil 500 pesos al Gobierno, dinero que en teoría se usa para tapar baches. “El objeto social de la quejosa está relacionado con velar por los intereses de manera general de concesionarios de fabricantes de ensambladoras de vehículos automotores y del comercio automotriz”, dice.
“(Pero) sin que expresamente se mencione que tiene como propósito en particular los propietarios de vehículos usados de procedencia extranjera o que incluso dentro de su objeto ellos lleven a cabo la venta o regularización de los mismos.
“Este tribunal Pleno considera que es indispensable que las personas físicas y jurídicas al menos demuestren una afectación cualificada”, agrega.
“Es decir, que se distinga del interés con el que cuentan respecto del resto de la población, sin que esa afectación pueda demostrarse tan sólo con la escritura constitutiva de una asociación civil, en la que se diga que su objeto social es la protección de determinados derechos en general”.
El amparo que revisará la Corte fue promovido por la Asociación de Distribuidores de Automotores del Estado de Tamaulipas y, en primera instancia, también fue desechado por un juez federal.