Los productos de México y de Canadá amparados por el T-MEC estarán exentos del nuevo arancel global del 10%, anunciado por Donald Trump, presidente de Estados Unidos.
Firmó Donald Trump la orden para imponer un arancel global del 10%, justo después de que la Suprema Corte le impidió la aplicación de tarifas bajo la ley IEEPA que impuso a múltiples países el “Día de la Liberación”, el 2 de abril del año pasado.
La orden de Trump invoca la Sección 122 de la Ley de Comercio de 1974 para imponer aranceles por razones de seguridad nacional.
De acuerdo con el documento:
“Los siguientes bienes no serán sujetos a los aranceles temporales:
(...)
Los bienes de Canadá y México bajo el USMCA (siglas en inglés para T-MEC)”.
También excepciones para productos que tendrán o tienen tarifas bajo la Sección 232, enfocado al acero y aluminio, para no incurrir en doble arancel; y algunos artículos de países de Centroamérica y de El Caribe que tienen un tratado comercial con Estados Unidos.
Los productos mexicanos y canadienses del T-MEC quedan exentos, porque al estar bajo el tratado de libre comercio no se considera que tengan una afectación de seguridad nacional.
El Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) contempla una enorme variedad de productos, sobre todo manufacturados, agroindustriales y productos primarios.
Tener un tratado de libre comercio significa exportar e importar libre de aranceles y otras barreras comerciales, o con condiciones preferentes.
Entre los productos para el libre comercio amparados por el T-MEC están:
Productos
Temas incluidos en el T-MEC