La suspensión definitiva que consigió el político detiene el avance hacia la etapa oral mientras se resuelve una impugnación contra la decisión judicial solicitada por la Fiscalía
Tras la suspensión definitiva que resolvió la jueza federal Azucena Lazalde Íñiguez, titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de México, dentro del amparo que interpuso el exgobernador de Baja California, Ernesto Ruffo Appel, contra su vinculación a proceso por las acusaciones de huachicol, él afirma que esto es una posibilidad para que se revise su caso.
Ruffo Appel detalló al periodista Ciro Gómez Leyva su situación legal actualmente, indicando que el juez de amparo iniciará el 23 de noviembre el análisis de las razones constitucionales, la forma y el fondo de la determinación que tomó el juez de control a petición de la Fiscalía. “Esta es una parte procesal al respecto de la solicitud de amparo por la vinculación a proceso que me hizo el juez de arranque desde que me detuvieron”, explicó.
El exfuncionario sostuvo que la suspensión definitiva representa una medida favorable para su defensa, debido a que frena el avance del procedimiento hasta que exista una resolución sobre el juicio de amparo que promovió.
“Esto de la suspensión definitiva es algo muy importante porque da el preámbulo para que el juez de amparo pueda determinar si se me vincula o no al proceso”, declaró. “Eso es lo que implica y es algo positivo, muy positivo”.
El 1 de noviembre, la Fiscalía General de la República (FGR) aclaró que, si bien aplica la suspensión otorgada a Ruffo Appel, no significa el fin del proceso penal. La medida solo suspende de manera momentánea el procedimiento, una vez que concluya la etapa intermedia y hasta que se resuelva el juicio de amparo.
La FGR a señalado a Ruffo Appel como socio fundador y secretario del Consejo de Administración de Ingemar, empresa a la que atribuye la presunta importación ilegal de gasolina y diésel desde Estados Unidos por medio de ferrotanques. De acuerdo con la acusación, habrían provocado un perjuicio estimado en 4 mil millones de pesos para el erario.
El efecto de la resolución es que no inicie la etapa de juicio oral mientras el juez de amparo define el fondo de la impugnación contra la vinculación a proceso.

Ruffo Appel describió que existe un procedimiento promovido por la Fiscalía y admitido por el juez de proceso, quien ordenó su vinculación. No obstante, dijo que el juez de amparo deberá decidir si aquella determinación se ajustó a derecho.
“El juez de amparo es otro juez, es el que dice: ‘Suspendan definitivamente el proceso que le han iniciado a Ruffo Appel hasta que yo determine si fue correcto el auto de vinculación al proceso’”, señaló.
El exgobernador precisó que la suspensión no modifica por sí misma su condición jurídica ni resuelve la acusación. Su alcance consiste en detener de forma temporal el juicio mientras se estudia la legalidad de la vinculación.