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Desempolva Corte caso Acteal, la masacre de 1997 en sexenio de Zedillo que dejó 45 indígenas muertos

El caso Acteal será analizado y resuelto por la SCJN, luego de que indígenas desplazados promovieran un amparo.

El caso Acteal será analizado y resuelto por la SCJN, luego de que indígenas desplazados promovieran un amparo.
La SCJN revisará el caso Acteal, donde murieron 45 indígenas y otros fueron desplazados | Ana Luisa Anza Costabile
Grupo Zócalo
ZOCALO | MONCLOVA
02-13-2026
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El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió este jueves ejercer su facultad de atracción para resolver un amparo en revisión promovido por víctimas de desplazamiento forzado derivado de la masacre de Acteal, en los altos de Chiapas, 22 de diciembre de 1997.

A propuesta del ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, el Tribunal Constitucional determinó, por mayoría de siete votos a dos, que el caso reviste los requisitos de trascendencia e importancia para ser analizado y resuelto en definitiva por ministras y ministros.

Ahora, el expediente será turnado a una de las ponencias de ministras y ministros de la SCJN para que elabore un proyecto de sentencia, en torno al alcance de una sentencia de amparo con relación al desplazamiento forzado de personas indígenas, para su resolución en el Planeo.

La SCJN deberá interpretar el artículo 22.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que protege el derecho a no ser desplazado forzosamente.

Determinará cuáles son los alcances de una sentencia de amparo y las obligaciones de las autoridades, en sus tres niveles de gobierno, frente al fenómeno del desplazamiento forzado interno de personas indígenas cuando se vulneraron sus derechos humanos.

La decisión que en su momento se tome significará, invariablemente, la adopción de un nuevo criterio en el campo del derecho.

Indígenas buscan una reparación del daño 28 años después

El amparo fue promovido por un grupo de 308 personas indígenas tzotziles que fueron víctimas de desplazamiento forzado interno, durante la matanza de Acteal en 1997, quienes buscan una reparación integral del daño.

Dicho caso está relacionado con el amparo en revisión 514/2025, del Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Vigésimo Circuito, quien conoció del amparo en revisión luego de que un Juez en Chiapas desechó el amparo de los indígenas tzotziles.

Los quejosos se ampararon contra el desplazamiento forzado interno y/o violación de sus derechos humanos. Acusaron una inacción de los tres órdenes de gobierno en torno a su caso pese a la jurisprudencia, tanto de la SCJN como convencional, en torno al fenómeno que le aqueja.

Con información de El Financiero

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