Artículo 19 insiste en que la regulación de tecnologías es necesaria, pero debe hacerse con visión de derechos humanos
Pedro Cárdenas, oficial del programa de protección y defensa de Artículo 19, señaló que la "Ley Serrano" presentada para regular la inteligencia artificial, en realidad tipifica delitos contra el honor, lo que ha derivado en procesos judiciales y detenciones, generando preocupación por la criminalización de discursos.
En entrevista para El Heraldo Radio durante el programa El Dedo en la Llaga, explicó que la Ley Serrano "termina normando el delito al honor y otro tipo de delitos similares". Estos delitos, según la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Comité de Derechos Humanos de la ONU, deberían ser tratados en el ámbito civil, no penal.
Nosotros en noviembre del año pasado, cuando se estaba discutiendo esta legislación, emitimos una alerta que es una ley que aunque se presenta como de regulación de inteligencia artificial, finalmente lo que termina normando es el delito al honor y otro tipo de delitos similares", explicó.
Agregó que en los últimos meses se han iniciado carpetas de investigación y detenciones, incluyendo a dos personas por el uso de inteligencia artificial, afectando a periodistas, comunicadores y activistas.
En entrevista para El Heraldo Radio, Artículo 19 insiste en que la regulación de tecnologías es necesaria, pero debe hacerse con visión de derechos humanos y libertad de expresión, evitando procedimientos amplios o vagos que criminalicen discursos incómodos o información errónea, los cuales deberían resolverse por vías civiles o administrativas.
Cárdenas advirtió que las definiciones amplias de la 'Ley Serrano', como "afectaciones sociales" o "pánico social", abren la puerta a la censura, pese a que México ya cuenta con mecanismos como el derecho a réplica y procedimientos civiles.
Para una regulación de la inteligencia artificial que respete los derechos humanos, el oficial de Artículo 19 destacó el principio de taxatividad (especificación clara de la ley), un mayor umbral de tolerancia para figuras públicas ante el periodismo crítico, y criterios definidos para identificar el "dolo" o intención maliciosa.