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Alicia gestó para ayudar a pareja española, pero la ley la obliga a asumir la maternidad

Alicia firmó un contrato de gestación subrogada en 2024, pero la Corte determinó que el certificado de nacimiento sí prueba su maternidad.

Alicia firmó un contrato de gestación subrogada en 2024, pero la Corte determinó que el certificado de nacimiento sí prueba su maternidad.
Grupo Zócalo
ZOCALO | MONCLOVA
09-15-2026
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FOTO: Especial

 

Nacional

 

 

   Por Grupo Zócalo

 

Publicado el lunes, 14 de septiembre del 2026 a las 22:57

 

 

 

 

 

Ciudad de México.- Alicia, una joven mexicana, aceptó gestar a la hija de una pareja española que no podía tener hijos. Nunca imaginó que ese acuerdo terminaría obligándola a pelear en tribunales para que no se le reconociera legalmente como madre.

Del contrato al embarazo

El 10 de junio de 2024, Alicia firmó un contrato de gestación por sustitución. Diecinueve días después se le transfirió un embrión fecundado con material genético de uno de los padres de intención, y el 10 de julio se confirmó el embarazo mediante análisis clínicos. La gestación se desarrolló con normalidad y el nacimiento se estimó para marzo de 2025.

El temor que la llevó a los tribunales

Meses antes del parto, a Alicia le preocupó que, al registrar a la bebé, el Registro Civil de la Ciudad de México la inscribiera a ella como madre en el certificado de nacimiento. La Consejería Jurídica y de Servicios Legales capitalina le indicó que no existía un procedimiento para evitarlo, según Milenio. Ante ello, promovió un amparo ante el Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil, en el que impugnó el artículo 54 del Código Civil del Distrito Federal, vigente desde 1974, que establece que el certificado de nacimiento es prueba de la maternidad. Alicia argumentó que la norma es discriminatoria, pues a los hombres se les reconoce como padres sin cuestionamiento, mientras a las mujeres se les impone la maternidad por su capacidad biológica de gestar, sin considerar su voluntad procreacional.

Un amparo que después fue revisado

En mayo de 2025, la jueza del caso le concedió el amparo a Alicia, al considerar que no existía voluntad procreacional ni vínculo biológico con la menor, y que las normas impugnadas resultaban discriminatorias hacia las mujeres. Sin embargo, la Consejería Jurídica del Gobierno capitalino recurrió la sentencia. El caso llegó al Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil, que optó por no resolverlo y pidió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ejercer su facultad de atracción.

La Corte le niega el amparo

El 9 de septiembre, la SCJN resolvió en contra de Alicia. La ministra María Estela Ríos González propuso revocar la sentencia y declarar constitucional el artículo 54, al considerar que la norma establece una presunción de filiación materna que admite prueba en contrario, sin obligar de forma definitiva a asumir la maternidad. El ministro Irving Espinosa Betanzo cuestionó esa postura y advirtió sobre la necesidad de legislar en torno a lo que calificó como un “mercado reproductivo transnacional sumamente lucrativo“, marcado por desigualdades de género y de poder económico entre las partes.

Con la resolución, Alicia deberá iniciar un nuevo proceso legal para intentar que no se le reconozca como madre de la menor.

 

Con información de Milenio. 

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