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Días de juegos de México no es festivo

Ausentarse de las jornadas de trabajo sin autorización patronal, derivará en sanciones económicas directas

Ausentarse de las jornadas de trabajo sin autorización patronal, derivará en sanciones económicas directas
Roberto Ramírez García.
Milton Malacara
ZOCALO | MONCLOVA
06-12-2026
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Monclova, Coah.- El director del Centro de Conciliación Laboral, Roberto Ramírez García, advirtió que el jueves 11 de junio no fue un día festivo oficial, por lo que ausentarse de las jornadas de trabajo sin autorización patronal, derivará en sanciones económicas directas, tales como rebajes del salario y de diversas prestaciones legales. La aclaración surge tras una ola de desinformación difundida en plataformas digitales que aseguraba de manera errónea la obligatoriedad de un asueto con motivo del arranque de la Copa Mundial de Futbol.

Ramírez García explicó que la Ley Federal del Trabajo no contempla ninguna suspensión de labores por eventos deportivos, dijo que si bien el entusiasmo por el torneo es alto, el marco legal mexicano es claro al respecto y obliga tanto al sector industrial como al comercial a operar de forma habitual.

De no presentarse a sus puestos, los empleados incurren en faltas justificadas para rescisión o descuentos, por lo que dejó en claro que ni por la inauguración o algún partido del Mundial de Futbol, los días son considerados como feriados.

“Es fundamental que la base trabajadora no se deje llevar por rumores infundados en redes sociales, que sólo causan confusión. La ley no establece ningún descanso obligatorio por el Mundial, e incluso hemos revisado que tampoco existen cláusulas de este tipo en los Contratos Colectivos de Trabajo de la región. El compromiso laboral se mantiene intacto”, puntualizó.

Respecto a las dinámicas que se han observado en diversos centros de trabajo locales, el titular del centro conciliatorio señaló que cualquier flexibilidad horaria o transmisión de los partidos de la Selección Nacional dentro de las empresas forma parte de acuerdos internos y no de un derecho exigible por los subordinados.

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