Según información ya publicada sobre la audiencia de debate, la mujer fue sentenciada a más de seis años de prisión y al pago de una multa de 150 mil pesos, además de una reparación del daño superior a 500 mil pesos a favor del hombre.
Monclova, Coah.- La abogada Rosario Rocha Contreras difundió en redes sociales su postura sobre el juicio oral seguido en contra de una mujer, condenada por declarar falsamente en un proceso penal en contra de su ex pareja, pues sostiene que el caso debe analizarse a partir de un contexto que, afirma, no ha sido dado a conocer públicamente.
De acuerdo con su versión, la mujer sentenciada había denunciado previamente a su expareja por violencia familiar en contra de ella y de su hijo menor de edad, quien vive con una discapacidad; en ese proceso distinto se dictó sentencia condenatoria firme contra el hombre.
La abogada señala que el conflicto se originó en un litigio por pensión alimenticia, en el que la madre, abogada de profesión, pero con una discapacidad parcial permanente que le impide sostener un empleo fijo, buscaba acreditar que el padre ocultaba ingresos para evitar pagar una pensión acorde a las necesidades médicas y de atención especial del niño.
Según la publicación, la insistencia de la mujer en solicitar pruebas e informes por la vía legal habría generado fricciones con las autoridades.
Rocha Contreras enmarca lo ocurrido como una expresión de violencia institucional y social de género, y vincula la conducta atribuida a la mujer con lo que describe como características del llamado síndrome de la mujer maltratada, derivado de la violencia familiar previamente acreditada en su contra.
Asimismo, señaló que el hijo del matrimonio sufrió un accidente un día antes de que se ejecutara la orden de prisión contra su madre y que actualmente requiere atención médica, mientras que el padre, de acuerdo con su versión, no mantendría contacto con el menor.
Según información ya publicada sobre la audiencia de debate, la mujer fue sentenciada a más de seis años de prisión y al pago de una multa de 150 mil pesos, además de una reparación del daño superior a 500 mil pesos a favor del hombre.
El Ministerio Público y la jueza que conoció del caso consideraron que la sentenciada no estaría en condiciones de cubrir la cantidad fijada y que existía riesgo de sustracción de la acción de la justicia, por lo que, pese a que la sentencia no ha causado estado, se decretó prisión preventiva y se ordenó su traslado inmediato al Centro de Reinserción Social de San Pedro.