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Giro postal o cheque bancario: las condiciones que impuso un juez federal para que “El Mayo” pague 15 mil millones de dólares

La declaración de culpabilidad ante una corte derivó en una orden que detalla con precisión cómo, dónde y bajo qué condiciones deberá entregar

La declaración de culpabilidad ante una corte derivó en una orden que detalla con precisión cómo, dónde y bajo qué condiciones deberá entregar
Grupo Zócalo
ZOCALO | MONCLOVA
07-20-2026
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La corte federal del Distrito Este de Nueva York fijó las condiciones bajo las que Ismael Zambada García, mejor conocido como “El Mayo”, deberá entregar 15 mil millones de dólares al gobierno de Estados Unidos, según la orden de decomiso dictada tras su sentencia.

La orden, firmada por el juez Brian Cogan, establece que el pago debe completarse antes de la sentencia, dictada este lunes. El documento no especifica un plazo exacto para hacer efectivo el monto, y el Departamento de Justicia tampoco ofreció detalles al respecto durante la conferencia de prensa posterior al fallo.

La declaración de culpabilidad abarcó dos cargos: haber dirigido una organización criminal continua ante el Distrito Este de Nueva York, y haber participado en actividades de crimen organizado en el Distrito Oeste de Texas. Cada cargo generó una sentencia de decomiso independiente de 15 mil millones de dólares, aunque la orden precisa que ambas son concurrentes y el monto total exigido no se duplica.

El pago debe hacerse en giro postal o cheque bancario certificado a nombre del US Marshals Service

La orden especifica que los pagos únicamente podrán realizarse mediante giro postal cheque bancario certificado u oficial, a nombre del Servicio de Alguaciles de Estados Unidos (US Marshals Service), con los números de expediente penal anotados en el instrumento. 

Los fondos deberán enviarse por servicio de entrega nocturna a la Sección de Decomiso de Activos de la Oficina del Fiscal Federal del Distrito Este de Nueva York, ubicada en 271-A Cadman Plaza East, Brooklyn.

El fiscal general de los Estados Unidos o su designado quedó autorizado para realizar cualquier diligencia de investigación patrimonial que sea necesaria.

Además, El Mayo quedó obligado a firmar todos los documentos necesarios para transferir la titularidad de cualquier bien al gobierno federal. La orden le prohíbe impugnar el decomiso en cualquier procedimiento administrativo o judicial, civil o penal, y le veda asistir a terceros que intenten hacerlo.

Asimsimo, resalta el dato de que el fundador del Cártel de Sinaloa operó durante décadas bajo una larga lista de alias, según consta en la orden de decomiso emitida por la corte federal del Distrito Este de Nueva York:

  • “El Mayo”
  • “Mayo Zambada”
  • “Doctor”
  • “La Doc”
  • “Doctora”
  • “El Lic”
  • “Mike”
  • Mayo El Señor”

El Mayo renunció a todas sus defensas constitucionales sobre el decomiso

Como parte del acuerdo de culpabilidad anunciado desde antes de que se conociera su sentencia, Zambada García renunció de forma voluntaria a recibir notificaciones formales sobre el decomiso, a un juicio con jurado y a todas las defensas constitucionales disponibles.

La renuncia incluyó el derecho a alegar que ya fue juzgado por los mismos hechos, que la ley se aplica de forma retroactiva, que los cargos prescribieron o que la multa es excesiva.

La orden aclara que el pago de 15 mil millones de dólares no equivale a una multa, sanción ni restitución por pérdidas, y subsistirá incluso en caso de quiebra del acusado o de sus herederos, administradores, cesionarios y causahabientes.

 

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