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Se reducirá el número de integrantes de Cabildos con reforma a la Constitución de Coahuila

Congreso estatal tendrá presupuesto tope del 0.70 por ciento y municipios limitarán a 15 regidores

Congreso estatal tendrá presupuesto tope del 0.70 por ciento y municipios limitarán a 15 regidores
La iniciativa, con plazo hasta el 30 de mayo para su aprobación, también elimina incrementos reales al gasto legislativo y actualiza la integración de cabildos a partir de 2028. Foto: Zócalo / Diego Reyna | Grupo Zócalo
Grupo Zócalo
ZOCALO | MONCLOVA
05-04-2026
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Saltillo, Coah.- Mediante una reforma a la Constitución de Coahuila, el presupuesto del Congreso del Estado para los años siguientes deberá ser del 0.70 del recurso que autorice para el Gobierno del Estado, en tanto que los municipios tendrán 15 regidores máximo.

La iniciativa, que será analizada y votada en las próximas sesiones, replica la reforma a la Constitución Mexicana publicada el pasado 23 de abril, que obliga a los estados a modificar su marco legal para acatar la disposición federal.

La diputada Zulmma Verenice Guerrero Cazares explicó que el Congreso del Estado tiene hasta el 30 de mayo para hacer los ajustes locales a la Constitución, la Ley Orgánica del Congreso del Estado y el Código Municipal de Coahuila.

Se establece que solamente habrá una sindicatura y hasta 15 regidurías en los ayuntamientos y que el presupuesto del Congreso del Estado no rebasará el 0.70 por ciento del Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado.

Se indica que no se autorizarán, aprobarán o ejercerán incrementos presupuestarios reales para el Poder Legislativo respecto del monto aprobado para el ejercicio fiscal del 2026, para alcanzar el límite presupuestal previsto en el Decreto.

Además. el monto del presupuesto anual del Congreso del Estado sólo se actualizará de acuerdo con la inflación anual y no podrá aprobarse ningún mecanismo que tenga por objeto o efecto incrementar directamente el presupuesto del Congreso del Estado por encima del límite señalado.

En tanto, la nueva integración de los cabildos surtirá efectos a partir del 1 de enero de 2028 y se dispone que únicamente en los casos en que se requiera alguna modificación de la integración por criterios de variación poblacional u otros requisitos, se realizarán n conforme a lo establecido en esta Constitución y las leyes aplicables.

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