Perseguir de oficio, sin necesidad de denuncia, plantea propuesta entregada al Congreso estatal.
Saltillo, Coah.- Una iniciativa ciudadana propone adiciones al Código Penal de Coahuila para sancionar con cárcel y multa a quien haga apología del delito, es decir, prohibir los narcocorridos y las canciones que denigren a la mujer, promuevan o inciten al delito, lo cual se perseguirá de oficio, sin necesidad de denuncia.
Los abogados Juan Manuel González Zapata y Aldo Fabián Rivas Alvizo proponen adiciones al Artículo 337 para tipificar la apología del delito y evitar los mensajes discriminatorios, vejatorios o violentos que atentan contra la tranquilidad y la integridad de las personas.
Así, comete el delito de incitación a cometer un delito o apología criminal, quien difunda públicamente imágenes, expresiones, interpretaciones o representaciones que exalten, justifiquen, promuevan, inciten o glorifiquen algún tipo penal.
De igual manera, que enaltezcan a personas vinculadas con la delincuencia organizada, el uso de armas prohibidas o uso indebido de armas permitidas, el narcotráfico, el lavado de dinero, la violencia contra la mujer, la niñez o la sociedad en general, a través de cualquier tipo de representación artística o en algún medio digital o presencial, o en el contexto de espectáculos abiertos al público.
El delito se castigaría con 6 meses a un año de prisión y con 700 a mil 500 días multa, o con 3 meses a un año de libertad supervisada, cuando el delito al que se haya hecho apología no se haya ejecutado.
En caso de que el delito instigado se lleve a cabo, se impondrá al responsable la pena prevista para el delito consumado, en atención a su calidad de instigador y al grado de participación que haya tenido en su comisión.
Las sanciones aumentarán en una mitad cuando el mensaje sea recibido por menores de edad, se difunda en centros escolares, culturales o recreativos, o bien, cuando los mensajes violentos sean contra la mujer, niñas, niños, adolescentes o cualquier otra persona en situación de vulnerabilidad.
Libertad de expresión no ampara conductas ilícitas, argumentan
Si la incitación es a cometer homicidio o violación, se triplicarán las penas de prisión y multa.
No se configurará el delito cuando el contenido contenga una finalidad informativa, periodística, crítica, deconstructiva y no tenga por objeto la incitación o promoción del delito o conductas violentas.
Los narcocorridos han normalizado el tráfico de drogas, los crímenes y venganzas, y lo presentan como un ejemplo de vida, aunque impliquen vidas inocentes.
Señalan que la libertad de expresión no ampara conductas que puedan atentar contra la vida y la integridad física, que son bienes jurídicos tutelados por el Estado.
Además, la Corte Interamericana de Derechos Humanos refiere que la libertad de expresión no es un derecho absoluto y se puede restringir para evitar que se afecten los derechos de terceros o se atente contra la seguridad, el orden y la moral pública.
Cárcel y multa*
El delito se castigaría con 6 meses a un año de prisión y con 700 a mil 500 días multa, o con 3 meses a un año de libertad supervisada, cuando el delito al que se haya hecho apología no se haya ejecutado.
Más severo*
Las sanciones aumentarán en una mitad cuando el mensaje sea recibido por menores de edad, se difunda en centros escolares, culturales o recreativos, o bien, cuando los mensajes violentos sean contra la mujer, niñas, niños, adolescentes o cualquier otra persona en situación de vulnerabilidad.