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Código Penal en Coahuila aplica la violencia vicaria sin distinción de género

La diputada María Guadalupe Oyervides Valdés explicó que, en Coahuila, el Código Penal no hace distinción entre géneros para aplicar el ordenamiento, es decir, lo mismo aplica para un hombre que para una mujer.

La diputada María Guadalupe Oyervides Valdés explicó que, en Coahuila, el Código Penal no hace distinción entre géneros para aplicar el ordena
 Foto: Ernesto Acosta
Grupo Zócalo
ZOCALO | MONCLOVA
02-04-2026
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Saltillo, Coah.— La diputada María Guadalupe Oyervides Valdés explicó que, en Coahuila, el Código Penal no hace distinción entre géneros para aplicar el ordenamiento, es decir, lo mismo aplica para un hombre que para una mujer, aunque la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Sin violencia, señala que la “violencia vicaria” es la ejercida por el hombre contra una mujer

Hay criterios de la Suprema Corte de Justicia que ya están establecidos, que dentro de la Ley de Acceso es exclusivamente para las Mujeres, que ese es un ordenamiento, En el Código Penal establece la figura que es para las personas, esto quiere decir hombres o mujeres”.

ZÓCALO SALTILLO publicó el caso de Carolina, quien asegura ser víctima de violencia vicaria, pues su suegra y una tía de su hijo le impedían amamantarlo y acompañarlo y luego se le acusó por presunta omisión de cuidados con la pérdida temporal de la custodia del niño. Se queja de no tener acceso a la justicia porque las presuntas agresoras son mujeres.

Lo que sí se está analizando, que es una iniciativa que ya está presentada, que ya está en las comisiones correspondientes, es que esta figura se traslade al Código Penal para que pueda estar en un seguimiento dentro de la Fiscalía de las Mujeres, y que el proceso, cuando sea juzgado, los elementos probatorios sean tomados de la misma manera”.

Creo que es una pregunta que se le debería hacer al Poder Judicial ¿cuáles son los elementos probatorios que se presentaron en un caso particular?”.

Explicó que los criterios de la SCJN son unos en la Ley de Acceso, y su aplicación depende del Poder Judicial.

La normativa está dentro de un ordenamiento que la Suprema Corte de Justicia es exclusivo de mujeres, pero en el Código Penal que tenemos aquí en Coahuila está establecido el tipo penal para que pueda ser juzgado como persona, hombre o mujer”.

Lo que sí estamos analizando dentro del Congreso del Estado es que la figura que existe ya en la Ley de Acceso, salga también de la Ley de Acceso al Código Penal, para que puedan tener la misma característica y la misma configuración al momento de juzgar, más eso no impide que al día de hoy pueda hacerse este seguimiento por parte del Poder Judicial, a quien está juzgando a un hombre o una mujer”, indicó.

 

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