Cárcel y multa por provocar siniestros; penas aumentan con agravantes
Saltillo, Coah.- Quienes provoquen incendios intencionales o por negligencia en zonas urbanas serán castigados con 2 a 6 años de prisión y con 400 a 800 dÃas multa, delitos que serán perseguidos de oficio.
Las penas aumentarán en una mitad del mÃnimo y el máximo cuando se busque obtener beneficio económico del incendio, se causen daños en propiedad ajena o se afecte la salud y la vida de las personas, se propague a inmuebles cercanos y cuando ocurran a menos de 100 metros de hospitales, escuelas, gasolineras y espacios que almacenen material altamente inflamable.
El Congreso del Estado adicionó los artÃculos 340 Bis, 340 Ter y 340 Quáter al Código Penal, para sancionar esas conductas, que solamente estaban tipificadas al ocurrir en zonas forestales.
Se establece que los castigos se aplicarán a los responsables de incendios que ocurran en inmuebles ubicados en zonas urbanas, públicos y privados. Cuando ocurran por culpa y no hay daños a la propiedad, la salud o la vida de terceras personas, la pena de prisión será alternativa a la de 100 dÃas multa y se deberá reparar los daños.
Diputadas y diputados del PRI, PAN, PRD, UDC y Verde Ecologista argumentaron que, este año, más del 75 por ciento de los incendios se han registrado en terrenos baldÃos o arroyos, poniendo en riesgo la seguridad y el patrimonio de las familias.
Asimismo, en el ArtÃculo 420 se impone de 3 a 7 años de prisión y de 500 a mil dÃas multa, a quien provoque un incendio en no más de dos hectáreas, a algún bosque o propósito incendio uno o más árboles en algún parque o área debe de uso común.